COVID
Un juzgado de Alicante condena a Sanidad a indemnizar a médicos por falta de protección en la primera ola
El Juzgado de lo Social número 5 de Alicante ha condenado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar a 154 médicos que trabajaron en hospitales de la provincia al inicio de la pandemia por no cumplir la normativa de prevención de riesgos laborales.
El Juzgado de lo Social número 5 de Alicante ha condenado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar a 154 médicos que trabajaron en hospitales de la provincia al inicio de la pandemia por no cumplir la normativa de prevención de riesgos laborales.
La sentencia dictamina que las medidas de las cuales disponían los trabajadores no cumplían con los requisitos legales y reglamentarios para garantizar la salud y seguridad en el trabajo durante la primera ola de la pandemia de coronavirus en los meses de marzo, abril y mayo de 2020. La demanda fue interpuesta por el Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM-CV y este martes se ha dado a conocer la sentencia que obliga a la Generalitat Valenciana a abonar entre 5.000 y 49.180 euros para indemnizar al personal sanitario por la falta de material de protección, aunque ya ha comunicado que la va a recurrir. El juez considera que la Conselleria de Sanidad “como empleadora y deudora de seguridad”, era la responsable del cumplimiento del marco normativo de prevención de riesgos laborales para con sus empleados sanitarios.
“Esta falta de medios no puede, ni debe, repercutir en perjuicio de los trabajadores, que son quienes afrontaron de forma directa e inmediata el mayor riesgo para la salud colectiva que se recuerda en los últimos años. La responsabilidad de la insuficiencia corresponde a la empleadora”, dicta la sentencia. Además, en ella se argumenta que los trabajadores únicamente tuvieron a su disposición una mascarilla por semana para la prestación de sus servicios en los respectivos centros sanitarios de Alicante, incluida la atención de pacientes infectados por coronavirus, ya que “las mascarillas de que se disponían estaban guardadas bajo llave por los responsables del respectivo centro”.
“La adopción inexcusable de las medidas de protección, previa evaluación de los riesgos y puestos de trabajo por los servicios de prevención correspondientes; a dotar a los profesionales de los medios de transporte y protección individual en la atención domiciliaria sea en jornada ordinaria o en atención continuada y a dotar al personal de los equipos de protección compuestos, al menos, por soluciones hidroalcohólicas, batas impermeables, mascarillas FPP2, FPP3, gafas de protección, calzas específicas, guantes y contenedores grandes de residuos”, señala la sentencia.
El juez reconoce que “la Administración llevó a cabo las actuaciones que constan en los hechos probados, dentro de sus posibilidades y en las condiciones más adversas que se recuerdan en los últimos años”, sin embargo, recalca que las medidas adoptadas no fueron suficientes ni cumplían con la legalidad. Mientras tanto, los sindicatos médicos protestan hoy por la falta de personal sanitario en los centros médicos en plena sexta ola de contagios por coronavirus.
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