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Adiós a las llamadas comerciales sin consentimiento

  • Redacción
  • Publicado: 30/06/2023
  • Actualizado: 30/06/2023 · 13:34

Las llamadas "spam" quedan prohibidas, aunque existen excepciones que permitirán a las compañías podrán seguir realizando llamadas

Se acabaron las llamadas "spam" por parte de las empresas que comercializan bienes y servicios. Este jueves 29 de junio de 2023 ha entrado en vigor el último cambio de la Ley General de Telecomunicaciones que establece que los usuarios que no hayan dado previamente su consentimiento no podrán recibir llamadas comerciales.

Los usuarios tendrán derecho "a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales o salvo que la comunicación pueda ampararse en otra base de legitimación de las previstas en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 de tratamiento de datos personales".

Esta ley se aplicará si al usuario que se llama tiene una numeración fija o móvil asignada en España.

Por tanto, las empresas que continúen con esta práctica podrán ser sancionadas. No obstante, existen circunstancias que permitirán a las compañías poder realizar estas llamadas dentro de la legalidad.

Una de ellas es que hayamos dado nuestro consentimiento para recibir llamadas aunque no seamos conscientes de ello, como por ejemplo tras haber aceptado un texto de términos y condiciones al darnos de alta en algún servicio.

Las empresas también estarán autorizadas a hacer una llamada en caso de que el usuario haya tenido una vinculación previa con la compañía, habiendo adquirido sus productos y servicios. 

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