La Audiencia de Valencia absuelve a Consuelo Císcar por la compra de las obras del escultor Gerardo Rueda para el IVAM
La Audiencia Provincial de Valencia ha notificado este viernes que la exdirectora del Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM), Consuelo Císcar, ha quedado absuelta de los delitos continuados de prevaricación, falsedad, malversación y estafa por la compra de las obras del escultor Gerardo Rueda.
La Audiencia Provincial de Valencia ha notificado este viernes que la exdirectora del Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM), Consuelo Císcar, ha quedado absuelta de los delitos continuados de prevaricación, falsedad, malversación y estafa por la compra de las obras del escultor Gerardo Rueda. También han quedado absueltos el ex director económico de la institución Juan Carlos Lledó, y el hijo del escultor Gerardo Rueda, José Luis Rueda.
La institución adquirió ocho esculturas de Gerardo Rueda por un precio de 2,9 millones de euros en diciembre del año 2004 y marzo de 2006, mediante la firma de dos contratos y aceptó la donación de otras 90 obras de Rueda. La mayoría de las piezas donadas y las ocho compradas fueron fabricadas tras la muerte del artista, quien falleció en 1996.
La sentencia, que todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, concluye que no hay pruebas de que los acusados cometieran ninguno de los delitos expuestos por la Fiscalía y las acusaciones. La resolución confirma que las esculturas adquiridas por este museo público eran auténticas y el precio pagado por ellas fue “acertado” o en su caso “muy beneficioso para el IVAM”.
En la resolución se recogen varios puntos importantes, como el entendimiento de la Audiencia de que la intención de José Luis R.J. fue “cumplir la póstuma voluntad de su padre”, cuyo deseo era que buena parte de sus obras residiera en el IVAM, y rechaza que su voluntad fuera “enriquecerse de forma injusta o desmesurada”. También descartan que se cometiera un delito de estafa, ya que la conducta de los acusados no concurre “el requisito del engaño”. Por otra parte, en referencia al delito de falsedad documental, la resolución señala que la existencia de un acta de la comisión de adquisiciones del museo sin que figure que dicha comisión se reuniese “carece de naturaleza delictiva”, además se añade que “la alteración de la verdad no afecta a la tramitación del expediente administrativo de compra de la obra El Gran Relieve”. Además, no se aprecia ninguna irregularidad en cuanto segundo contrato firmado “donde la comisión sí se celebró, si bien se incluyó en el acta de una reunión anterior”.
Los magistrados, Concepción Ceres, Alberto Blasco (ponente) e Inmaculada Domínguez, indican que “no cabe duda pues de que las obras adquiridas por el IVAM en sus compras y donaciones de los años 2004 y 2006 son obras artísticas creadas por Gerardo Rueda, cuyo derecho se ha transmitido por disposición mortis causa a su heredero”.
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