El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha aceptado algunas de las consideraciones de las asociaciones de pisos turísticos sobre el Plan Especial de Ciutat Vella que entró en vigor en 2020.
El TSJ anula las condiciones que el Ayuntamiento de Valencia había atribuido a la vivienda turística ocasional, que pasaban por que el dueño fuera un particular, que estuviera empadronado y que alquilara la estancia un máximo de 60 días al año, cumpliendo las normas de la comunidad de vecinos.
Con la sentencia, las empresas podrán alquilar estas viviendas sin límite temporal. Una apreciación que no ha sido bien recibida por el consistorio.
El auto judicial también modifica un aspecto sobre las viviendas turísticas profesionales, permitidas en bloques exclusivos, que debían estar distanciados por 150 metros entre ellos, algo que el TSJ ha anulado al considerar que es desproporcionado e injustificado.
La vicealcaldesa de Valencia, Sandra Gómez, ha señalado que "también debería establecerse ese margen para los apartamentos turísticos". Ante la disconformidad, ha asegurado que "desde el debido respeto jurídico, vamos a profundizar y a hacer una alegación sobre ese tema".
Pese a estas anulaciones, la concejalía de Urbanismo se congratula porque la atribución de capacidad para regular y poner límites al plan de las que goza el ayuntamiento quedan intactas, con lo que el consistorio tiene potestad para poner limitaciones en lo que a conciliación del derecho a la vivienda y los usos turísticos supone.