La primera excarcelación de un agresor sexual en la Comunidad Valenciana debido a la ley del 'solo sí es sí' ya se ha producido. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha informado de que la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha dictado este jueves un auto por el que rebaja en dos años la pena -de seis a cuatro años- impuesta a un condenado por un delito de agresión sexual constitutivo de violación y ha acordado su inmediata excarcelación.
Los magistrados han argumentado que "a los penados asiste siempre el derecho a que se les aplique la norma más beneficiosa, aunque sea posterior al momento de dictarse sus condenas". Por ello, han señalado que en el supuesto de autos procede la revisión de la condena impuesta en la sentencia por el delito previsto en los artículos 178 y 179 del Código Penal y la reducción de la pena impuesta por ese delito.
El TSJCV explica que, en este caso, el penado fue condenado, junto a otros acusados, a un total de 13 años, 9 meses y dos días de prisión desglosados de la siguiente manera: seis años y un día por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros por inmigración ilegal, seis años y un día por un delito de agresión sexual constitutivo de violación y un año, nueve meses y un día de prisión por un delito continuado de falsedad documental.
El penado comenzó a cumplir la condena impuesta en la sentencia el 23 de febrero de 2012, por lo que debía quedar extinguida el 17 de octubre de 2024.
Sin embargo, el condenado ha sido puesto en libertad al rebajarle en dos años la pena por el delito de violación. El auto podrá ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.